
Tengo un pana de la universidad que solía decir "Muchacho no es gente grande" cada vez que alguien menor que él cometía una "cagadita", como un error en un juego de fútbol, vomitaba en una peíta incontrolable o cualquier acto de inmadurez no aceptado en la "mafia universitaria".
En el imperio (y en general en otros países) las leyes parecen haber sido escritas a partir de la expresión mencionada anteriormente.
Para hacer cualquier contrato en el imperio, se necesitan como mínimo dos "partes". Estas pueden ser personas, corporaciones y el gobierno mismo.
Una de las excepciones en las personas a la hora de establecer un contrato, es que éstas no pueden ser menores de edad. Usualmente un niño se hacce adulto ante la ley a los 21 años (dependiendo del estado puede ser a los 19, incluso a los 18 en otros). Un día es un menor y al otro día que cumple la edad legal se le dan derechos y responsabilidades de un adulto.
Un contrato en que una de las partes es un menor de edad, no es anulable ante la ley. Es simplemente NULO !
En los contratos ambas partes reciben algun beneficio. Este se llama en los EEUU "consideración". Si después de recibir la "consideración" el menor quiere "romper" el contrato, puede hacerlo y la otra parte esta obligada en devolver la "consideración".
Traducción: Si un menor compra un carro, da $5,000.00 de inicial, da la vuelta en la esquina y destruye el carro en un accidente, puede devolver lo que queda de éste y va a lograr que le devuelvan el dinero. Eso si, tiene que devolver la "consideración" que el recibió. En el ejemplo, tiene que devolver un auto que ahora es un cacharro (más o menos como el de la foto). La ley dice que la destrucción del objeto en manos del menor solo es una evidencia más de su incapacidad de formar contratos.
Aún si le roban el carro (no importa que esté o no asegurado) el menor de edad puede en una corte lograr que le devuelvan sus "5 lucas".
Si usted piensa que puede ir a cobrarle a los padres del menor por el cacharro, no pierda su tiempo. Los padres y representantes de un menor NO son responsables en un contrato, al menos que estos sean una de las "partes" que firmaron en éste.
Lo que nos deja la "publicación" de hoy es que no se deben hacer contratos con un menor de edad y si se hacen deben sus padres y representantes estar como una de las "partes" en el contrato.
Un corolario de la frase "Muchacho no es gente grande" que se usaba con el mismo sentido, podría ser " el que duerme con pelaos, amanece cagao..."
Si todavía no creen que aplica... pregúntenle a Michael Jackson
El Pollo
PD: Si haces negocios con los EEUU y quieres saber un poco del fondo legal en materia de contratos, "copyrights", patentes, garantías, etc te recomiendo el libro "Legal Aspects of Engineering" de Cynthia M. Gayton y Richard C. Vaughn que es bastante claro y tiene buenos ejemplos.
En el imperio (y en general en otros países) las leyes parecen haber sido escritas a partir de la expresión mencionada anteriormente.
Para hacer cualquier contrato en el imperio, se necesitan como mínimo dos "partes". Estas pueden ser personas, corporaciones y el gobierno mismo.
Una de las excepciones en las personas a la hora de establecer un contrato, es que éstas no pueden ser menores de edad. Usualmente un niño se hacce adulto ante la ley a los 21 años (dependiendo del estado puede ser a los 19, incluso a los 18 en otros). Un día es un menor y al otro día que cumple la edad legal se le dan derechos y responsabilidades de un adulto.
Un contrato en que una de las partes es un menor de edad, no es anulable ante la ley. Es simplemente NULO !
En los contratos ambas partes reciben algun beneficio. Este se llama en los EEUU "consideración". Si después de recibir la "consideración" el menor quiere "romper" el contrato, puede hacerlo y la otra parte esta obligada en devolver la "consideración".
Traducción: Si un menor compra un carro, da $5,000.00 de inicial, da la vuelta en la esquina y destruye el carro en un accidente, puede devolver lo que queda de éste y va a lograr que le devuelvan el dinero. Eso si, tiene que devolver la "consideración" que el recibió. En el ejemplo, tiene que devolver un auto que ahora es un cacharro (más o menos como el de la foto). La ley dice que la destrucción del objeto en manos del menor solo es una evidencia más de su incapacidad de formar contratos.
Aún si le roban el carro (no importa que esté o no asegurado) el menor de edad puede en una corte lograr que le devuelvan sus "5 lucas".
Si usted piensa que puede ir a cobrarle a los padres del menor por el cacharro, no pierda su tiempo. Los padres y representantes de un menor NO son responsables en un contrato, al menos que estos sean una de las "partes" que firmaron en éste.
Lo que nos deja la "publicación" de hoy es que no se deben hacer contratos con un menor de edad y si se hacen deben sus padres y representantes estar como una de las "partes" en el contrato.
Un corolario de la frase "Muchacho no es gente grande" que se usaba con el mismo sentido, podría ser " el que duerme con pelaos, amanece cagao..."
Si todavía no creen que aplica... pregúntenle a Michael Jackson
El Pollo
PD: Si haces negocios con los EEUU y quieres saber un poco del fondo legal en materia de contratos, "copyrights", patentes, garantías, etc te recomiendo el libro "Legal Aspects of Engineering" de Cynthia M. Gayton y Richard C. Vaughn que es bastante claro y tiene buenos ejemplos.